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Registro de jornada: qué pide la Inspección y cómo cumplir sin papeles

Es obligatorio desde 2019 para todas las empresas, también con un solo empleado. Qué hay que guardar, cuánto tiempo y qué pasa si no está.

27/09/2026 · SOLINFOR
Registro de jornada: qué pide la Inspección y cómo cumplir sin papeles

Desde mayo de 2019 (Real Decreto-ley 8/2019, artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores) toda empresa tiene que registrar la jornada de cada trabajador, cada día, con la hora de inicio y la de fin. No hay excepción por tamaño: el bar con un camarero también.

Qué hay que tener

Qué pasa si no está

No llevar el registro es una infracción grave, con multa de 751 a 7.500 euros por empresa. Y lo peor no es la multa: sin registro, en un conflicto con un trabajador por horas extra, la palabra que vale es la del trabajador. Además hay cambios normativos en tramitación para exigir que el registro sea digital y accesible a distancia por la Inspección. Quien ya lo lleve en un programa no tendrá que cambiar nada.

Cómo cumplir sin papeles

YO FICHO es nuestra aplicación de registro de jornada. Cada trabajador ficha la entrada y la salida desde su móvil o desde el ordenador de la empresa, con un toque. Queda la hora, y si se quiere, la ubicación. La empresa ve los resúmenes por trabajador y por mes, las horas extra, y saca el listado en Excel o en PDF cuando lo pide la Inspección. Los datos quedan guardados los cuatro años que exige la ley.

Alta de trabajadores, claves y formación se hacen en una mañana. Si quiere verlo, en nuestra web hay un vídeo del programa funcionando.

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